La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los más de mil amparos promovidos contra el registro obligatorio de teléfonos móviles deberán ser atendidos por juzgados de distrito especializados en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones, con sede en la Ciudad de México y jurisdicción nacional. La decisión, aprobada el 5 de octubre por seis votos contra tres, establece un criterio obligatorio para resolver las impugnaciones relacionadas con los lineamientos que, desde diciembre de 2025, exigen vincular cada número celular con la Clave Única de Registro de Población (CURP) de su titular.
El criterio deriva de un proyecto presentado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa, cuyo propósito fue resolver una contradicción entre tribunales que habían adoptado posturas distintas sobre qué juzgados debían conocer estos recursos. Mientras algunos órganos judiciales remitieron los amparos indirectos a instancias especializadas en telecomunicaciones, otros consideraron que correspondía resolverlos a juzgados administrativos ordinarios de la Ciudad de México, Guanajuato y el Estado de México. Esquivel sostuvo que los casos requieren conocimientos técnicos específicos para analizar la regulación del servicio de telefonía móvil, la constitucionalidad del sistema de identificación de usuarios, el tratamiento de datos personales y las obligaciones impuestas a los prestadores del servicio, así como las consecuencias jurídicas de aplicar estas disposiciones.
La resolución no estuvo exenta de desacuerdos. Las ministras María Estela Ríos González y Lenia Batres Guadarrama, junto con el ministro Arístides Guerrero García, votaron en contra de la propuesta. Ríos argumentó que las controversias se relacionan principalmente con la identificación de usuarios y la protección de datos personales, por lo que podrían ser atendidas por juzgados administrativos ordinarios sin necesidad de conocimientos especializados en telecomunicaciones. También advirtió que concentrar todos los asuntos en un número limitado de juzgados podría afectar el derecho de las personas a acceder a una justicia pronta y expedita. Con el criterio aprobado, la SCJN busca unificar la competencia judicial para tramitar las impugnaciones, aunque el fondo de cada amparo deberá analizarse y resolverse en los procedimientos correspondientes.




